jueves, 7 de enero de 2010

Protección de datos, videovigilancia y Ley Omnibus

Buenos días a tod@s,

En primer lugar felicitaros el año, ya por suerte a pasado el 2009 y esperemos que el 2010 nos sirva a todos para olvidarnos de lo que heos pasado.

Por otro lado con la entrada en vigor de la Ley Omnibus el pasado 27 de diciembre, mi compañero Samuel Parra se me ha adelantado y ha escrito un artículo sobre videovigilancia, os dejo la url para que lo leais:

Protección de datos, videovigilancia y Ley Omnibus

Me parece un análisis interesante.

Saludos y Feliz 2010,

1 comentario:

Anónimo dijo...

Totalmente de acuerdo con el análisis de Samuel Parra. La Ley omnibus es una chapuza legal. la AGPD dicta una nota informativa que afecta a la Ley de Seguridad Privada sin que sea su competencia ni tenga atribuciones para ello. Si la AGPD hasta ahora legitimaba el cumplimiento de la LOPD en los sistemas de videovigilancia porque estos eran instalados exclusivamente por empresas de seguridad homologadas afectados por la LSP...Si ahora pueden instalar sistemas los particulares, empresas informáticas, etc...a estos de ninguna manera se les puede aplicar la LSP (No les afecta)por lo tanto se debería pedir la autorización a cada una de las personas registradas en la grabación (impensable). Conclusión: La Ley Omnibus ha ilegitimado miles de instalaciones de videovigilancia. Por otro lado, la mayoría (95%) de usuarios de videovigilancia ya tenían contratado antes de instalar el sistema de cámaras una alarma conectada a CRA (Tipo securitas Direct, ADT o Prosegur) por lo tanto las cámaras deben ser instaladas por una empresa de seguridad homologada ya que la LSP considera estos equipos como sistemas de seguridad. Ya veremos como la jurisprudencia va rechazando pruebas de equipos no instalados por empresas homologadas y sanciona a los titulares de los sistemas. Saludos